1.- Se CONDENA, al ciudadano: ELIEZER JOSE MEDINA ENRIQUE, Venezolano, natural de San Félix Edo. Bolívar, fecha de Nacimiento: 31-1O-1984, de 30 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 17.707.595, de estado civil Soltero, de profesión u oficio ESCOLTA, grado de instrucción sexto grado de educación básica, residenciado en el Sector la lagunita, adyacente a la escuela la Lagunita, casa S/N, Municipio Casacoima, Estado Delta Amacuro, hijo de Luis medina y Gregoria Enrique. Teléfono: 0414-763.30.14, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE GANADO, previsto y sancionado en el artículo 7 de la Ley Penal de Protección a la Actividad Ganadera y ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 del código penal a cumplir la pena de TRES (3) AÑOS DE PRESIDIO, en virtud del procedimiento especial de admisión de hechos, previsto en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, quedando en libertad desde la sala de audiencias al ser condenado a una pena que no su.....