Por las anteriores consideraciones, este Juzgado de Municipio Tucupita, Antonio Díaz, Casacoima y Pedernales de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la pretensión por desalojo del inmueble, fundamentada en el artículo 34 literal "A" de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, interpuesta por la ciudadana PETRA MARCELINA DOMINGUEZ asistida por la abogada Eufemia Moreno inscrita en el IPSa bajo el Nº 101.606, contra el ciudadano ENRIQUE GUZMAN, asistido por el Abogado Pedro Andrews, Inpreabogado Nro. 85.532.
SEGUNDO: Se ordena a la parte demandada ENRIQUE GUZMAN, a entregar el inmueble que ocupa como arrendatario, consistente en una casa ubicado en la Calle 08 de la Urbanización Delfín Mendoza, Municipio Tucupita del Estado Delta Amacuro; en las mismas condiciones en que fue recibido.
TERCERO:. Se condena al pago de los canones .....