DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Juicio en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE, la acción de amparo constitucional, interpuesta por el ciudadano JUAN CARBALLO, venezolano, mayor de edad, con domicilio procesal en el Paseo Gaspari cruce con avenida 5 de julio de Ciudad Bolívar, Municipio Autónomo Heres del Estado Bolívar, titular de la cédula de identidad Nº 5.204.185, Abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 75.272, teléfonos 0424-9034263 y 0416-5877104, en contra de las ilícitas actuaciones que ha adelantado la Fiscalía Sexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro. Publíquese. Regístrese y Déjese copia certificada en el copiador de decisiones llevadas por este Despacho. Notifíquese al solicitante. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal .....