Por las consideraciones expuestas, ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite el siguiente pronunciamiento:
1.- Ordena la entrega al ciudadano: JOSE LUIS PINEDA DE LEON, titular de la cédula de identidad Nº 8.357.171 de vehículo: de las siguientes características: MARCA: CHEVROLET. MODELO: GRAN VITARA. 4 PUESTOS. AÑO: 2002. COLOR: GRIS. CLESE: CAMIONETA. TIPO: SPORWAGON. USO: PARTICULAR. PLACASAEB07S, NUMERO DE PUESTOS5, SERIAL DE CARROCERIA: 8LDFTL52V2009415. SERIAL DEL MOTOR: J20A1810, en su carácter de dueño y legitimo propietario de de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. En armonía con el articulo 10 de la ley de Hurto y Robo de Vehiculo Líbrese oficio al gerente encargado de dicho estacionamiento, para que haga efectiva la entrega ordenada en la presente decisión.
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