IV
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Agrario, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara: PRIMERO: Niega la HOMOLOGACION DEL CONVENIMIENTO, solicitada por el ciudadano JOSE GREGORIO VELASQUEZ, asistido por el abg. HECTOR RAFAEL HERNANDEZ, I.P.S.A 43.640, mediante diligencia fechada 27 de Junio de 2011. SEGUNDO: no hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada de la presente decisión conforme lo establecido en el articulo 248 ibidem.
Dada, firmada y sellada, en la Sala de Despacho del Juzgado Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro. En Tucupita, a los treinta (30) días del mes de J.....