Por estas consideraciones, este Tribunal Único de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO: Se decreta la prescripción de la pena impuesta a los ciudadanos LUIS EDUARDO RAMONYS GARCIA, venezolano, natural de Tucupita, Estado Delta Amacuro, donde nació en fecha 21-01-1962, de 47 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio: comerciante, residenciado en Urbanización San Rafael, Aserradero Manano, Tucupita, Estado Delta Amacuro, titular de la cédula de identidad Nro. 8.925.033, respecto de la sentencia emitida por el tribunal Segundo de Control de este mismo Circuito Judicial penal y sede, en fecha veintiocho (28) de Marzo del año dos mil seis (2006), al haber transcurrido con holgura más del tiempo previsto en el artículo 112 numeral 1° del Código Penal y al no haberse ver.....