Este Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, acuerda: UNICO: Sanear el acto viciado y fijar nuevamente la Constitución de Tribunal Mixto que en definitiva conocerá de la presente causa, para el día catorce (14) de Febrero del año dos mil seis (2006), para lo cual se acuerda citar a los escabinos ciudadanos Castillo César, Milagros Vásquez y Maglis Zambrano, a las partes y boleta de traslado respecto del acusado.
Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 192, 163, 342, 1, 7, todos del Código Orgánico Procesal Penal y 49 numeral 4 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela,
Publíquese, regístrese, déjese copia autorizada del presente pronunciamiento, asiéntese en el Libro Diario. Notifiquese a las partes.