Por lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abg. LEDA MEJIAS NUÑEZ, actuando en este acto como defensora publica sección adolescentes de este Estado, en contra de la decisión emanada del tribunal Segundo en función de Control de la Sección de Responsabilidad penal de Adolescentes, de fecha 23 de diciembre de 2010.