DISPOSITIVA. Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Segundo de Primera Instancia Estadal y Municipal en función de control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: DECIDE: UNICO: REVISA y MANTIENE la medida judicial privativa preventiva de libertad, que fuera en fecha once (11) de Abril del año dos mil dieciséis (2016), en relación a los ciudadanos ASDRUBAL JOSE QUIJADA MARCANO, ALBERTO ALEXANDER VERA ASENCIO y YOVANNY SULPICO GUILIANY ROJAS, por encontrarse presuntamente incursa en la comisión de los delitos de PECULADO DE USO, previsto y sancionado en el artículo 56 de la Ley Contra la Corrupción, HURTO CALIFICADO DE GANADO BOVINO, previsto y sancionado en el articulo 8 en relación al artículo 10 º3 y º7 de la Ley Penal de Protección a la actividad Ganadera, BENEFICIO DE GANADO AJENO, previsto y.....