PRIMERO: Sin Lugar la solicitud de desestimación por parte del Ministerio Público y acuerda el sobreseimiento de la presente causa a favor de los imputados JONNY GREGORIO HERNANDEZ MONTEROLA, venezolano, de 34 años de edad, de ocupación obrero, residenciado en La Esperanza, teléfono número 0414-9973375,titular de la cedula de identidad N° 12.547.226, con sexto grado de instrucción hijo de Benjamín Hernández y Josefina Monterota, Y OSMAR ANTONIO ORTIZ SALAZAR, venezolano, de 32 años de edad, residenciado en San Salvador, calle 3, casa S/N, teléfono 0287-4145512, de ocupación chofer, con sexto grado de instrucción, hijo de Antonio Ortiz y Omaira Salazar, titular de la cedula de identidad N° 12.545.254, nacido en fecha 10-04-1974, a quien se les sigue la presente causa por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES CULPOSAS, previsto y sancionado en el artículo 420 del Código Penal en perjuicio de la ciudadana Idoris Martínez, de conformidad con lo establecido en el artícul.....