En consecuencia por lo anteriormente señalado este Tribunal de Control No 02 de este Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: Primero: Se ordena la aplicación del Procedimiento Especial, consagrado en el artículo 94 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en la presente causa seguida en contra de LUIS ENRIQUE VASQUEZ MALAVE, venezolano, de 36 años de edad, de estado civil soltero, natural de Tucupita, Estado Delta Amacuro, domiciliado en Villa Bolivariana, casa N° 37, Carrera 2, hijo de CERBELION VEPASQUEZ y ELSA MALAVE, titular de la Cédula de identidad N° V.-11.212.574, quien se encuentra presuntamente incurso en el delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 segundo aparte, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en perjuici.....