Sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho que recaen sobre la bienhechuría fomentada por el ciudadano JOSE LUIS OROPEZA BOLIVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 19.581.111, sobre una parcela de terreno perteneciente al Instituto Nacional de Tierras (INTI), la cual tiene una extensión de terreno de DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE METROS CON TREINTA Y SIETE CENTIMETROS CUADRADOS (257,37 Mts2) y un área de construcción de SESENTA Y CUATRO METROS CON SESENTA Y TRES CENTIMETROS CUADRADOS, alinderada de la siguiente manera: NORTE: De P1 a P6, propiedad que es o fue de Juan Lugo con 32,58 metros; SUR: de P2 a P3 con 5,60 metros y de p4 a P5 con 26,98 metros con Malvis Flores; ESTE: De P1 a P2 calle Nº 3 con 7,32 metros y de P3 a P4 con Malvis Flores con 0,70 metros y OESTE: De P5 a P6 terreno baldío con 8,02 metros; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1357 del Código Civil y 937 del Código de Procedimiento Civil, se declaran las.....