Este tribunal deja constancia del acto y de la entrega del dinero antes descrito, y estando conformes las partes, da por concluido el proceso, y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA LA PRESENTE OFERTA REAL DE PAGO y en consecuencia lo pasa en Autoridad de Cosa Juzgada. Es todo y conformes firman. Cúmplase.
LA JUEZA,