Este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tucupita, Casacoima, Pedernales y Antonio Díaz de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de todo lo anteriormente expuesto declara: INADMISIBLE la presente solicitud de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO, interpuesta por el ciudadano HENRY MONTEVERDE CARPIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 5.337.759, de este domicilio, asistido por el Abogado en ejercicio ARSENIO JOSE AMARES LAREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 165.080, por cuanto, no procede por jurisdicción voluntaria y así se decide. Se ordena el archivo de la misma.
Publíquese, Regístrese, incluso en la página web delta-amacuro.tsj.gob.ve Déjese copia certificada en el archivo de este Tribunal.
Dada, Firmada y Sellada en la sala de .....