En razón de lo antes expuestos este Tribunal, promovidos y evacuados como han sido las declaraciones de testigos y valoradas las pruebas documentales, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho declara a favor de los ciudadanos: YASMIN FELIPA MARCANO DE NARVAEZ, ELSA DEL JESUS MARCANO GUZMAN, MARBELIS COROMOTO MARCANO DE DESPREZ, CARMEN CELINA MARCANO GUZMAN, JESUS EMILIO MARCANO GUZMAN, CARLOS ALBERTO MARCANO GUZMAN, MIREILA JOSEFINA MARCANO GUZMAN, JOSE ISMAEL MARCANO GUZMAN, ORLANDO DEL JESUS MARCANO GUZMAN, NEIL ENRIQUE MARCANO GUZMAN, ANELBIS CAROLINE MARCANO GUZMAN, YUNEXSI DEL VALLE MARCANO GUZMAN y FELIPA GUILLERMINA GUZMAN DE MARCANO , debidamente asistidos por la abogada ALLETE TIAMO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 154.895, como HEREDEROS ÚNICOS y UNIVERSALES DEL DE CUJUS JESUS EMILIO MARCANO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 1.385.328, quien en vida fue padre y esposo legitimo de los ciudadanos: YASMI.....