este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano Delta Amacuro, con el objeto de garantizar el Interés Superior del niño plenamente identificado en autos; de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con los artículos 385, 386, 389-A, 469 y 470 ejusdem; Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se pronuncia en relación al acuerdo logrado, en los siguientes términos:
ÚNICO: La madre se compromete a dar estricto cumplimiento a la Ejecución forzosa de la sentencia homologatoria dictada por este Tribunal, en fecha 14 de agosto de 2019, según asunto YP11–H-2019-000003 (SIN JURIS) y el padre se compromete a buscar y entregar al niño de autos, dentro de los límites establecidos en dicha sent.....