En razón de lo antes expuestos, promovidos y evacuados como han sido las declaraciones de los testigos ciudadanos: FRANCISCO JAVIER SALAZAR SOTO Y DIANETH KARINA GONZALEZ CEDEÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- V-25.926.773 y V- 17.525.974, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Tucupita, estado Delta Amacuro, y valoradas las pruebas documentales, este Tribunal SIN PERJUICIO DE TERCEROS DE IGUAL O MEJOR DERECHO declara CON LUGAR de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, la solicitud a favor del ciudadano ALFREDO ANTONIO MENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- 4.378.635 (cónyuge) y sus hijos: LIZARDIS ALFREDO MENDEZ CENTENO, MARJORYS DEL VALLE MENDEZ CENTENO, MARIANELA DEL VALLE MENDEZ CENTENO Y MARINELLYS DEL VALLE MENDEZ CENTENO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 11.211.599, V- 11.210.476, V- 14.488.3.....