Sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho que recaen sobre las bienhechurias fomentadas por la ciudadana: MILINA DEL VALLE GONZALEZ COVA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 18.073.668, sobre una parcela de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (I.N.T.I), constante de una superficie de NOVECIENTOS SESENTA METROS CUADRADOS (960 MTS2), alinderada de la siguiente manera: NORTE: Ernesto Pereira con 80,00 metros lineales; SUR: Bonifacio Marín con 80,00 metros lineales; ESTE: Sinforiano González con 12,00 metros lineales y OESTE: Carretera Principal Tucupita - El Cierre Troncal 15 con 12,00 metros lineales; por lo que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1357 del Código Civil y 937 del Código de Procedimiento Civil, se declaran las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO, bastante y suficientemente para asegurar el Derecho de Propiedad y Posesión de la ciudadana: MILINA DEL VALLE GONZALEZ COVA, antes identificada, sobre las b.....