este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, de conformidad con el artículo 177 parágrafo segundo literal j de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, ACUERDA: Declarar las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, de las bienhechurías enclavadas en una parcela de Ejido Municipal, ubicada en Los Chaguaramos, calle Girasol c/c calle Principal de la ciudad de Tucupita, Estado Delta Amacuro, con una superficie de Doscientos Cincuenta y Siete Metros Cuadrados con cero cuatro centímetros (257, 04 Mts 2), alinderada de la siguiente manera: NORTE: Luz Cortes, con 12,24 metros lineales; SUR: Calle Girasol, con 12, 24 metros lineales; ESTE: Cal.....