Este Tribunal tercero de Control Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley pasa a decidir de la siguiente manera: PRIMERO: Se acuerda proseguir la Causa por la Vía del Procedimiento Ordinario previsto en el artículo 280 del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: Se declara con lugar la calificación presentada por el fiscal y se admite la acusación presentada por la fiscalia primera del ministerio público TERCERO: Se declara con lugar la solicitud de la fiscalia por encontrarse llenos los extremos del articulo 250, 251 y 252, del código orgánico procesal penal de continuar con la MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTADES, en contra del imputado: LUIS RAMÓN SARAGOZA, titular de la cédula de identidad n° 17.055.040; ya identificado. cuarto : se declara sin lugar la solicitud realizada por la defensa ya que este tribunal considera llenos los requisitos del articulo 250 del código orgánico procesal penal, un hecho punible ,fundados elem.....