este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda de EXTINCIÒN DE LA OBLIGACIÒN DE MANUTENCIÒN, interpuesta por el Ciudadano JUAN ANTONIO RODRIGUEZ MIJARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.359.272, en contra del Ciudadano JUAN ANTONIO RODRIGUEZ GONZÀLEZ, venezolano, mayor de edad. En consecuencia, se EXTINGUE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, en beneficio del Ciudadano JUAN ANTONIO RODRIGUEZ GONZÀLEZ, antes identificado.
SEGUNDO: Librar oficio a la Dirección de Recursos Humanos de la Gobernación del Estado Delta Amacuro, con la finalidad de que DEJEN SIN EFECTO todas y cada una de las retenciones que se ordenaron mediante Sentencia dictada en fecha 13-06-2000, por el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y .....