Se deja constancia que el penado debe cumplir con el destacamento de trabajo y una vez que conste en autos su efectivo cumplimiento, optara al beneficio de Régimen Abierto. El penado debe dirigirse a la Unidad Técnica de Apoyo del Sistema Penitenciario del estado Monagas a los fines que continué con el Destacamento de Trabajo, dado que en fecha 27 de agosto de 2013, por acta realizada para oír al aprehendido, el Tribunal de Ejecución del estado Delta Amacuro reconsidero que el penado JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ CRUZ continuara con el Destacamento de Trabajo, por que incumplió por falta de medios económicos para trasladarse y temor a perder la vida cuando pernotara en el Internado Judicial de Oriente ( LA PICA), comprometiéndose a cumplir con las condiciones que le imponga el tribunal . Notifíquese a las partes.
LA JUEZ SUPLENTE
ABGG. TERESA RODRIGUEZ GUTIERREZ
LA SECRETARIA,
ABG. MARIELA MARQUEZ