PRIMERO: Se ADMITE el Recurso de Apelación de Autos, ejercido por la abogada YONNA CEDEÑO, FISCAL AUXILIAR de la Sala de Flagrancia del Ministerio Público, contra la decisión de fecha 27 de febrero de 2015, emanada del Tribunal Primero de Primera Instancia Penal Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Delta Amacuro.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR, el recurso de Apelación de autos con efecto suspensivo, interpuesto por la abogada YONNA CEDEÑO, FISCAL AUXILIAR de la Sala de Flagrancia del Ministerio Público, contra la decisión de fecha 27 de febrero de 2015, emanada del referido Tribunal Primero de Primera Instancia Penal Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Delta Amacuro, en audiencia de presentación, la cual decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVATIVA DE LIBERTAD de conformidad con los artículos 242, numerales 3º y 8º del Código Orgánico Procesal Penal, a los ciudadanos ETHN.....