Con fundamento en las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por los profesionales del Derecho FRAN PANTEC y CARLOS GERMAN FLORES, en sus caracteres de defensores técnicos privados de los ciudadanos GIOVANNY RAFAEL GONZALEZ y JOSE MANUEL CALDEA, titulares de las cedulas de identidad números 11.773.882 y 16.892.364, respectivamente, contra la decisión proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, de fecha 11 de Diciembre de 2011, que decretó la Privación Preventiva de Libertad, de conformidad con lo previsto en los artículos 250 numerales 1°, 2° y 3°, 251 numerales 2°, 3° y 252 numeral 2° del Código Orgánico Procesal Penal, de sus patrocinados antes señalados, por la presunta comisión del delito .....