DISPOSITIVA
Por Todos los razonamientos de Hecho y de Derecho esta Corte de Apelaciones con Competencia Múltiple en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana MARIA LUISA VASQUEZ, asistida por el abogado OSWALDO MORALES, por ser contrario a derecho efectuar una reivindicación de bienes inmuebles a persona o personas que no poseen la propiedad material del mismo, utilizando un procedimiento judicial equivocado para lograr la adquisición preferente sobre el derecho a poseer sobre el bien en discusión, dado que las dichas tierras aún cuando pueda existir la posesión derivada del documento público otorgado ante el ente Municipal que involucró la participación del Ciudadano FELIPE LLOPIS GARCIA, no existe un documento que declare la propiedad de dichas tierras, por lo tanto, no hay propiedad de bienes a restituir.