PRIMERO: DECLARAR SIN LUGAR el presente recurso de apelación de auto, ejercido por la ciudadana Abogada MARIA ELENA ROMERO GOMEZ, con el carácter de Fiscal Auxiliar Sexta del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial, en virtud de la decisión de fecha 25 de enero de 2017, emitida por el Tribunal Primero de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal. Mediante la cual, a solicitud del Abogado Defensor Privado Hernán Trujillo, se le extendió la medida Cautelar Sustitutiva a la Privativa de Libertad, de Ocho (08) a Treinta (30) días, sin modificar las otras ya acordadas, al ciudadano AZOCAR NUÑEZ HENDRICK GREGORIO, plenamente identificado en autos. SEGUNDO: Se conforma la decisión recurrida.