DISPOSITIVA
Por las razones de derecho ya expuestas, ESTA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: Primero: Sin lugar , el recurso de Apelación con Efecto Suspensivo, interpuesto por el Abogado, MARCO LABADY, actuando como Fiscal Auxiliar Sexta del Ministerio Público, en contra de la decisión emitida por el Tribunal Tercero en Funciones de Control, de fecha 12 de enero del presente año, en Audiencia de Presentación de imputados.