DECLARA SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN DE AUTO, interpuesto por el abogado ROBERT MARQUEZ, Defensor Público Auxiliar Segundo de la Sección Penal de Adolescente, adscrito a la Unidad de la Defensa Pública del Estado Delta Amacuro, contra el auto dictado por el Tribunal Segundo de Control Sección de Adolescentes de este Circuito Judicial Penal, de fecha 01 de febrero de 2015 y debidamente motivada en fecha 02 de febrero de 2015, proferida por el Tribunal Segundo de Control de la Sección Penal de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, en la causa signada Nro. YP01-D-2015-00016. En consecuencia se RATIFICA la Medida Privativa Judicial de la Libertad, de conformidad con el artículo 581 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, concatenado con los articulo 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, decretada a los adolescentes (Identidades Omitidas).