PRIMERO: Declara SIN LUGAR la Apelación interpuesta por la RECURRENTE, abogada JUDITH YDROGO MEDINA, en su condición de Defensora Pública Quinta Auxiliar Penal de la Unidad de Defensa Pública de la Jurisdicción del Estado Delta Amacuro, en representación del encartado JUAN CARLOS BASTARDO, titular de la cedula de identidad Nº V-19.139.442, a quien se le sigue proceso penal ante el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, por la presunta comisión del delito ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 de la Ley Hurto Robo de Vehículo Automotores, en perjuicio de la víctima ut supra nombrada. Por faltar diligencias que practicar, dado lo prematuro de las investigaciones penales que pudiesen determinar definitiva responsabilidad penal en el procesado de autos.