Por lo precedentemente descrito, este Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Extinguida la acción de RECURSO DE HECHO, interpuesto por el profesional del derecho IVAN RAMONES, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 72.619, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, contra el auto de fecha 9 de abril, proferido por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio y Nuevo Régimen Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, con sede en la Ciudad de Tucupita, en el juicio que por Diferencia de Prestaciones Sociales incoare la parte actora contra la empresa Z y P. C.A, SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo. Así se decide.-
Regístrese, publíquese en la página We.....