En atención a lo antes expuesto, este Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: ------------------------------------------------------------------------------------------------
PRIMERO: DESISTIDO el Recurso de Apelación interpuesto por el ACILIO DOS SANTOS PEREIRA, portugués cedula de identidad numero E.-80.380.958, apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia interlocutoria de fecha 5 de mayo de 2010, dictada por el Juzgado segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, en juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES entre hotel tasca restaurante la riviera y el ciudadano José Maria Barboza. En corolario, queda REVOCADA la anterior DECISIÓN.-----------------------------------------------------------------------------
SEGUNDO: Se ordena reponer la causa.....