Decisión
Por todas las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: la INCOMPETENCIA del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral, de la Circunscripción Judicial del estado Delta Amacuro para conocer, sustanciar y decidir el presente asunto de Amparo Constitucional: SEGUNDO: Se declara COMPETENTE para sustanciar el presente asunto por Amparo Constitucional al Juzgado Primero de Primera Instancia de juicio Laboral de la misma Circunscripción Judicial, con sede en la ciudad de Tucupita. TERCERO: En consecuencia, remítase el asunto a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial Laboral, a los fines legales pertinentes y así se decide.-
Regístrese, publíquese, déjese copia certificada de esta decisión y líbrese oficio d.....