Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta PRIMERO: la APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con el artículo 373, último aparte, en relación con el artículo 280 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, al ciudadano: MEIVER JOSE SOTO, de conformidad con lo establecido en el articulo 256 ordinales 3, 5 y 8 del Código Orgánico Procesal Penal; en consecuencia se le impone un régimen de presentaciones cada ocho (08) días por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y la Prohibición de acercarse a la victima y a los funcionarios que le practicaron la detención. TERCERO: Se acuerda librar oficio a la Fiscalía Séptima remitiendole copia de las presentes actuaciones a los fines de que se investigue.....