Por las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
1.- Se declara INCOMPETENTE este tribunal primero de control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro para el conocimiento del presente asunto.
2.- Remítase el presente asunto a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, a los fines de ser distribuido a un juzgado de control de ese Circuito Judicial Penal y garantizar de esa forma los derechos constitucionales del justiciable.
3.- Trasládese al ciudadano DILSON JOSÉ RODRÍGUEZ MORA, titular de la cédula de identidad N° 19.064.923 con la urgencia que el caso requiere hasta la sede del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas. A tales efectos se comisiona a la Dirección de.....