Por los razonamientos ya expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en Tucupita, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
1.- Se CONDENA al ciudadano OSWALDO JOSE MARIN, Venezolano, mayor de edad, titular de la C.I. V- 24.119.521, de fecha de nacimiento 11-08-1990, de 21 años de edad, estado civil soltero, Santa Marín (v) y Alexis Sánchez (v), residenciado en la Horqueta, calle principal, frente al Comando de la Guardia Nacional, profesión u oficio trabaja por cuenta propia, a cumplir la pena de cinco años y tres meses de prisión (5 AÑOS 3 MESES DE PRISION) , más las penas accesorias del artículo 13 del Código Penal, al ser encontrado por este Tribunal como autor culpable y responsable en la comisión de los delitos de HURTO CALIFICADO previsto y sancionado en el artículo 453 ordinal 4 y 6, del Código.....