Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta PRIMERO: La aplicación del Procedimiento ordinario de conformidad con lo establecido en los artículos 283 y 300 del Código Orgánico Procesal. SEGUNDO: Se decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad al ciudadano GUILLERMO BELTRAN ZAMBRANO LOPEZ antes identificado, de conformidad con lo establecido en el articulo 256 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, la obligación de presentarse cada 08 días por ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial penal. Se acuerda Medida de Protección a la Victima de conformidad con el artículo 87 87 numerales 3º 5° y 6° de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, como es la salida inmediata de la residencia de la víctima, se prohíba acercarse a la v.....