Visto y revisado el escrito presentado por el abogado: PEDRO OVIEDO, en su condición de Coapoderado Judicial de la Ciudadana: MAISON NASSER, mediante el cual consigna en tres (03) folios útil, convenio extrajudicial, firmado en los TRIBUNALES SIRIOS Y VENEZOLANOS, entre los ciudadanos: MANSSOUR NASSER Y MAISON NASSER, a los fines de ser homologados en el presente asunto, por lo que solicita la DESESTIMACIÓN DE LA ACCIÓN Y DEL PROCEDIMIENTO; en tal sentido solicita copias certificadas de esta diligencia y del auto que la provea. En tal sentido este Tribunal Tercero de Control a fin de garantizar el Debido Proceso y la Tutela Jurídica Efectiva y los fines del proceso como es la realización de la Justicia de conformidad a lo establecido en el articulo 26, 49 y 257 de la Constitución de la republica bolivariana de Venezuela y en cumplimiento de los principios fundamentales del proceso penal 14, 16, 18, 19, de la ley adjetiva procesal penal, acuera fijar una audiencia especial para el dí.....