Por todos los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda: PRIMERO: Se admite en su totalidad la acusación presentada por la ciudadana Fiscal Primera del Ministerio Público, en relación al ciudadano JOSE VALENTIN JIMÉNEZ MEDRANO, titular de la cedula de identidad Nº V- 9.860.286, por el delito de AMENAZA y VIOLENCIA FÍSICA, contemplados en los artículos, 41 primer aparte y 42 segundo aparte de la Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, así como las pruebas ofrecidas por el Ministerio Publico por ser estas licitas, pertinentes y necesarias, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 313 n.....