Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, con sede en la ciudad de Tucupita, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara Con Lugar la solicitud formulada por la Abg. EUGENIA ALEJANDRA FIORE MORENO, Fiscal Auxiliar Interino de la Fiscalía Segunda del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código Orgánico Procesal Penal se desestima la denuncia interpuesta en fecha 02 de julio del año 2012, por ante la Policía Bolivariana del estado Delta Amacuro, Centro de Coordinación Policial Casacoima, por el ciudadano AQUILES GERMAN MIERES RENDON, titular de la cédula de identidad Nº V-5.546.214, venezolano, natural de Caripito estado Monagas, nacido en fecha 20/02/1961, estado civil: Soltero, de profesión u oficio: Licenciado en Admin.....