ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY : PRIMERO: cumplido como han sido las obligaciones exigidas por este tribunal en relación a el imputado: JIMENEZ SUBERO WILFREDO JESUS, Titular de la cedula de identidad N 17.526.023, en fecha 20 de febrero del 2009,en la CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVATIVA PRESENTIVA JUDICIAL DE LIBERTAD, 264 del Código orgánico procesal penal como fue; en aras de asegurar la finalidad del mismo, y atendiendo al contenido del Artículo 256 ejusden, se le imponen los contenidos en los numerales, 3, 4 y 8, es decir 1- Una caución económica adecuada atendiendo al principio de proporcionalidad, mediante la garantía de tres (3) fiadores con un ingreso mensual de ciento ochenta (150) unidades tributarias, tomando en consideración que la unidad tributaria actual esta fijada en treinta cuarenta y seis (46.) QUE LLEVADO A BOLÍVARES, ES EQUIV.....