Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara terminada la presente Medida de Protección, acordada por solicitud del Fiscal Superior del Ministerio Público, respecto de la persona NALDELLI DEL VALLE CLEVIER BERIA, de 33 años de edad de nacionalidad venezolana titular de la cedula de identidad N° 14.115.455, de estado civil soltera, teléfono N° 0287-4145573, de profesión educadora, con domicilio en villa manamo calle n° 3, casa n° 2 frente la casa de dos plantas, municipio Tucupita, estado Delta Amacuro hija de la ciudadana: DEL VALLE DE CLEIVER (V) Y JUAN CLEVIER., en fecha veinte (20) de febrero del año dos mil diez (2010), en tal sentido se ordena la remisión de las actuaciones al Archivo Judicial a los fines de su custodia y cuido.