Por las consideraciones expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Estadales y Municipales en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SUSTITUYE la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad decretada en fecha 27 de Enero de 2013, por este Tribunal de Control contra del ciudadano: JOSE ANTONIO FIGUERA MEDINA, Venezolano, mayor de edad, natural de esta ciudad, de 28 años de edad, con fecha de nacimiento: 07/06/1984; profesión u oficio, albañil, residenciada en la vía carretera Nacional, Sector las Malvinas, frente a una Bodega, Municipio Tucupita, de estado civil soltera, grado de instrucción segundo año, quien dijo ser hija de Alejandra Mediana (v) y José Figuera (v) titular de la cedula de identidad Nº 21.675.898, por la presunta comisión del delito OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOT.....