Por las razones expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se acuerda proseguir la presente Causa por la Vía del Procedimiento Ordinario de conformidad a lo previsto en los articulas 373 y 262 del código orgánico procesal penal, a los fines de determinar las responsabilidades a que haya lugar. Se ordena la remisión de las actuaciones al Ministerio Público.
SEGUNDO: Se declara con lugar la solicitud de la Defensa, en consecuencia se decreta LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES a favor del ciudadano LINDOMAR DEL JESUS CEDEÑO RIVERO, venezolano, titular de la cedula de Identidad Nº 20.160.767, fecha de nacimiento 12-06-87, de 25 años de edad, natural de Tucupita, Estado Delta Amacuro, de estado civil soltero, de profesión u oficio indef.....