Por todos los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO DELTA AMACURO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda: : PRIMERO: Se acuerda a favor del ciudadano PRADA CENTENO CARLOS LUIS, Venezolano, natural de Maturín, Estado Monagas, fecha de Nacimiento: 09-11-1990, de 23 años de edad, de estado civil Soltero, hijo de Carme Elena Centeno (v) y Héctor Luís Prada (v), de profesión u oficio, funcionario de la Policía del Estado, residenciado en Hacienda del Medio, al Final de la Calle Principal, casa S/N de color azul, frente de la Escuela, Municipio Tucupita, Estado Delta Amacuro, titular de la cedula de identidad Nº V- 20.001.925, teléfono de contacto 0426-6946515, LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, de conformidad con lo establecido en el artículo 358 del Código Orgánico Procesal P.....