DISPOSITIVA
En base a las argumentaciones expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial del Estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda la medida de protección a la victima amenazada ciudadano: URBELIO ROAMIR YANEZ, de 29 años de edad, de nacionalidad venezolano, de estado civil soltero, Telf. 0416-9871684, de profesión u oficio Defensor de Salud, residenciada el Cajón de la Comunidad de El Salvador, casa sin numero, Tucupita, Estado Delta Amacuro, hija de los ciudadanos: Cirilo Morillo y de Carmen Yanez, titular de la cédula de identidad No. 12.546.199, a fin de salvaguardar su integridad física, y la de su familia, todo de conformidad con lo establecido en los artículo 1, 4, 16,17 y 23 de la Ley de Protección a las Victimas, Testigos y Demás Sujetos Procesales, en relación con el artículo 23 del Código Orgánico Procesal Penal; 86.....