Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal, en función de Control N° 3, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA DESESTIMACIÓN DE LA DESESTIMACIÓN DE LA DENUNCIA interpuesta por CARMEN SABINA ZACARÍAS RODRÍGUEZ, de 70 años de edad, (Indocumentada), ante EL Destacamento de Vigilancia Fluvial N° 911 de la Guardia Nacional, de este Estado, contra la ciudadana a quien menciona como TIBISAY GONZÁLEZ, de conformidad con lo establecido en el articulo 301 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, Publíquese y notifíquese a las partes de la presente decisión y una vez firme la misma envíese a la Fiscalia Primera del Ministerio Publico.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Tribunal de Control Tres, del Circuito Judicial Penal del Estado Delta Amacuro, a los 30 días del mes de Noviembre de Dos Mil Nueve. Déjese Copias Certificadas. AÑOS. 199° de la Independenci.....