En fecha 03 de octubre del 2011, el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones Juicio Accidental del Circuito Judicial Penal del Estado Delta y condena al ciudadano: JOSÉ ENRIQUE ARZOLAY, a cumplir la pena de 07 años y 06 meses de prisión, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE DROGAS, previstos y sancionado en el segundo aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas; siendo redimida en fecha 17-07-2012, en 03 meses, 12 días y 12 horas; luego en fecha 15-12-2014, en 01 año, y en el día de hoy, se redime en 06 meses 05 días y 12 horas; para un total de redención de 01 año, 09 meses y 18 días.
El penado fue detenido en fecha 21-06-11, permaneciendo detenido hasta la actualidad 04 años, 01 mes y 13 días, mas el tiempo de redención de 01 año, 09 meses y 18 días ha cumplido en total 05 años, 11 meses y 01 días de pena, y le falta por cumplir 01 año, 06 meses y 29 días de prisión.
Así las cosas, corresponde determinar las fechas en las cuales el penado podr.....