Por todos los razonamientos antes expuesto, este tribunal Único de primera instancia en función de ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO DECLARA PROCEDENTE, la solicitud interpuesta por el abg. Orlando Salvatti, defensor público del penado LARA TOVAR EFRAIN JOSÉ, de permiso extraordinario, por navidad desde el día de hoy 30 al 31 de Diciembre de 2015, y por año nuevo desde el 01 y 02 de enero de 2016; debiendo reintegrarse el día 03 de enero de 2016 en horas de la mañana al Centro de Resguardo y Retención de Guasina, en virtud de la progresividad alcanzada a lo largo del cumplimiento de la pena impuesta y de conformidad con lo establecido en los artículos 62 Y 63 de la Ley de Régimen Penitenciario, en relación con el artículo en 69 y 471, todos del Código Orgánico Procesal Penal y 272 de la Constitución de.....