Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Control para el Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en atención al artículo 578 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, pasa a decidir de la siguiente manera: PRIMERO: Se admite totalmente la Acusación Fiscal en contra del adolescente Acusado: IDENTIDAD OMITIDA, por estar presuntamente incursa en la comisión de los delitos de LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio de la niña IDENTIDAD OMITIDA y AMENAZAS, previsto y sancionado en el artículo 41de la Ley Orgánica Sobre el Derecho a la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana IDENTIDAD OMITIDA. SEGUNDO: Se admiten las pruebas ofrecidas por las partes, por ser útiles, pertinentes y necesarias. TERCERO: Admitidos como .....