Por todos los razonamientos antes expresados, este Tribunal Primero de Control de la Sección Penal de Adolescentes Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley pasa a decidir de la siguiente manera: PRIMERO: Efectuada como ha sido la conciliación, se SUSPENDE EL PROCESO A PRUEBAS POR EL LAPSO DE UN AÑO, contado a partir de la presente fecha. SEGUNDO: Se le impone al joven adulto IDENTIDAD OMITIDA, las siguientes condiciones: 1.- Residir en un lugar determinado, debiendo informar cualquier cambio de domicilio; 2.- Obligación de someterse al cuidado o vigilancia del ciudadano ANGEL CARRASQUERO MAURERA, con cédula de identidad Nº 2.258.698, teléfono 0414-563-28-41, propietario de la Finca donde trabaja el joven adulto IDENTIDAD OMITIDA 3:-La obligación de consignar constancias de trabajo cada 2 meses; 4.-La prohibición de ingerir bebidas alcohólicas y sustancias estupefacientes y psicotrópicas; 5.-La prohibición de acercarse a la víc.....